Una vez celebrada la subasta y habiendo esta quedado "DESIERTA", el acreedor solicita su adjudicación por 1550€.
Según el art. 109 de la LSC, pagamos la subrogación en tiempo y forma, el 23 de enero de 2012, o sea, depositamos en el juzgado el total del importe de la adjudicación, los 1550€, lo cual por supuesto consta en todos los autos de su razón.
Se emite Decreto a 26 de junio de 2012, de la devolución del bien embargado y la entrega de la cantidad referida al acreedor.
De repente, la otra parte, lo que estoy obligada a llamar los presuntos estafadores, presentan un recurso contra dicha devolución alegando que en el momento que se realizó el pago el Sr. Samitier no era el Administrador de Agharta y aquí es donde entran por primera vez los documentos falsos del notario.
Alegamos desde el 1° de septiembre de 2012, que lo presentado por la otra era carente de requisitos esenciales y obligatorios, pero el juzgado el 15 de octubre de 2012, le dio la gana de decir que se creía la Flagrante mentira del notario porque se la había creído el registrador y el que el 24 de febrero es anterior al 23 de febrero y me creó que se han cumplido todos los requisitos para despojar a Agharta de sus participaciones sociales y a su vez despojar a Abel Samitier de su empresa de casi 20 años y de despojarle también junto a su esposa Yaneisy Oliver, de su finca ecológica de tres hectáreas, de su casa y de su proyecto de vida y nos lo tenemos que tragar porque lo dice un documento judicial.
Los que escriben los documentos judiciales y toman decisiones con nuestras vidas son personas como nosotros, susceptibles de equivocarse como personas y como profesionales, pero si administran justicia tienen además un plus en su responsabilidad en las decisiones que toman, que por sobre todas las cosas habrán de ajustarte a la realidad objetiva de los hechos.
La Flagrante mentira del notario es un hecho irrefutable, unívoco e inequívoco, manifiesto, evidente, para darse cuenta de ello no hay que ir a ninguna escuela ni tener ningun poder especial, cualquier persona puede ver que si yo vivo en Gallur a mas de 40 km de Zaragoza es totalmente imposible que el Sr. Notario me haya a mi notificado nada el 24 de febrero de 2012 en la calle López Allúe de Zaragoza y obviarlo para expoliarme mi casa es el trato más degradante que pueda recibir un ciudadano por parte de la Administración de Justicia.
OS ruego que firmeis nuestra petición y que le pidáis a vuestros amigos que nos apoyen y a los amigos de tus amigos, hay que evitar que los estafadores se salgan con la suya, que esto no es ni medio normal... Muchas gracias.
https://www.change.org/p/ministerio-de-justicia-y-gobierno-de-españa-anulen-la-flagrante-mentira-del-notario-y-las-actuaciones-judiciales-que-devienen-de-ello-para-evitar-el-desahucio-fraudulento-de-nuestra-casa
BLOG creado para ejercer nuestro derecho a la defensa y publicar lo que es público y nadie conoce, pero deberían conocer por su propia seguridad jurídica. Expone las valoraciones personales sobre la actuación de la Administración de justicia española.
jueves, 3 de septiembre de 2015
El flagrante error judicial
Etiquetas:
c,
colegio de abogados,
consejo general del poder judicial,
error en la administración de justicia,
error judicial,
fiscalía general del estado,
juzgados de zaragoza,
tribunal supremo de Aragón
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario